Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por la firma RAFAEL DEMARCO S.A. solicitando
la extensión del Seguro por Desemplo para 63 (sesenta y tres), de sus
trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro
por Desempleo a parte de su personal.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, determinan
que la empresa se vea imposibilitada a reintegrar en forma inmediata a
dichos trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo, en virtud de que la no concesión de dicho beneficio determinaría
un importante problema social.
III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir instrumentando
las medidas tendientes a su reactivación.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo estatuido por el Decreto Ley
15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días y a partir del respectivo
vencimiento, el beneficio del Seguro por Desempleo que otorga el Banco de
Previsión Social, a 63 (sesenta y tres), trabajadores de la empresa
RAFAEL DEMARCO S.A. que estuviere en condiciones legales de acceder al
mismo.