AUTORIZACION A AMINE S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO. RESOLUCION ANP 735/3.664




Promulgación: 14/03/2013
Publicación: 21/03/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 459
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por la empresa AMINE S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la prestación de servicios portuarios.

RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "A La Mercadería" en
la categoría B) "Empresas Estibadoras de Carga General", en el Puerto de
Montevideo.

II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión.

III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio N° 735/3.664 de 12 de diciembre de 2012, procedió autorizar a
dicha empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo.

IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 735/3.664 de 12 de diciembre de 2012, por la cual se autorizó
la habilitación a la empresa AMINE S.A. para prestar servicios portuarios
en el Grupo "A La Mercadería" en la categoría B) "Empresas Estibadoras de
Carga General", en el Puerto de Montevideo y posterior inscripción en el
Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO

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