OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. VIKELEN S.A.




Promulgación: 13/12/2000
Publicación: 20/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de VIKELEN S.A. a fin de que se otorgue el beneficio 
de Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a 3 
(tres), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la caída de la producción, por problemas coyunturales 
ajenos, ha determinado la disminución temporaria de las operaciones de la 
empresa y el envío de parte de su personal al Seguro por Desempleo, el 
que por el momento no es posible reintegrarlo.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de 
trabajo que proporciona la empresa, que se perdería si no se prorrogara 
el Seguro por Desempleo.

III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del 
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa, seguir 
instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de 
trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Otórgase por el plazo de noventa (90), días, el beneficio del Seguro por 
Desempleo, que otorga el Banco de Previsión Social, a 3 (tres), 
trabajadores de la firma VIKELEN S.A. que se encuentren en condiciones de 
acceder al mismo.

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se otorga, se liquidará de 
conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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