VISTO: la solicitud de la empresa ODAMAR S.A. (COMPLEJO TURISTICO PARQUE
HOTEL JEAN CLEVERS), tendiente a que se modifique las resoluciones del
Poder Ejecutivo de fecha 9 de enero de 1998 y sus modificativas de fechas
15 de setiembre de 1999 y 14 de junio de 2000, por la que se declara de
Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el inciso 2o. del
artículo 1o. del Decreto No. 291/95 del 2 de agosto de 1995, la actividad
de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa solicita prórroga del plazo previsto en el numeral
5o. de la mencionada resolución, debido a motivos ajenos a la empresa que
retrasaron el cronograma original de inversiones del proyecto;
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12º. de la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto No. 291/95 del 2 de
agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modifícase el numeral 1º. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
14 de junio de 2000, a fin de establecer que el plazo que regirá la
exoneración de las inversiones se extenderá hasta el 31 de mayo de 2001.