Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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La empresa estará obligada a coordinar con el Plan de Investigaciones
Pesqueras del Instituto Nacional de Pesca el plan de operaciones, así como
a suministrar, a dicho Plan, toda la información que éste le requiera, de
manera de asegurar una real transferencia de tecnología al sector.
Dicho plan de operaciones deberá ser aprobado por el Instituto
Nacional de Pesca, previo al inicio de las operaciones pesqueras.