VISTO: I) Que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca es titular
de la administración de los padrones Nos. 16.102 y 16.106,
correspondientes a las denominadas: "Isla Collazo Grande" e "Isla Collazo
Chica", respectivamente, ubicadas en la 8ª. Sección Judicial del
Departamento de San José.
II) Que el Ministerio de Turismo considera conveniente promover el
desarrollo del ecoturismo en las citadas islas, como parte del plan de
manejo integral de los Humedales del Río Santa Lucía.
RESULTANDO: Que de acuerdo a las respectivas competencias de ambas
Secretarías de Estado, resulta conveniente la promoción del turismo, en
el marco de preservación y resguardo de los valores naturales de la zona,
así como de su patrimonio histórico.
CONSIDERANDO: Pertinente realizar un llamado a Expresiones de Interés
para el cumplimiento de los citados fines.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 84
de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986 y Decreto Ley Nº 14.335 de
23 de diciembre de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Cométase al Ministerio de Turismo la realización de todo el
procedimiento del antedicho llamado, incluyendo, si fuere necesario su
declaración de desierto.