VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Comunicaciones
por la que da cuenta de la petición presentada por el señor José Segundo
Puig, para que se le autorice la transferencia de la titularidad del
servicio autorizado por la Resolución del Poder Ejecutivo 1000/999 de 2
de noviembre de 1999, a favor de la sociedad DISTRICORP S.A., así como se
extienda la autorización del sistema a todo el territorio nacional.-
RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución del Poder Ejecutivo
1000/999 de 2 de noviembre de 1999, se autorizó al señor José Segundo
Puig, la instalación y operación, con carácter comercial, de un sistema
destinado a la prestación en forma no exclusiva del servico inalámbrico
de transmisión de datos que no involucre la prestación de servicios de
radiodifusión (radio y televisión) o telefonía en el departamento de
Montevideo.-
II) que el señor José Segundo Puig actúa como Vicepresidente de
DISTRICORP S.A..-
III) que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.-
ATENTO: a lo dispuesto por el numeral 3ro. del artículo 4to. del
Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984 en la redacción dada por la
Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase la transferencia de titularidad de la autorización, otorgada
por la Resolución del Poder Ejecutivo 1000/999 de 2 de noviembre de 1999
al señor José Segundo Puig, para la prestación comercial y en forma no
exclusiva del servicio inalámbrico de transmisión de datos que no
involucre la prestación de servicios de radiodifusión (radio y
televisión) o telefonía, que opera en el Departamento de Montevideo, a
favor de la sociedad DISTRICORP S.A..-