REALIZACION DEL SORTEO ESPECIAL DE LOTERIA A BENEFICIO DEL HOSPITAL MACIEL




Promulgación: 19/01/2011
Publicación: 31/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley número 18.562 del 11 de
setiembre de 2009.

RESULTANDO: que el referido artículo dispone que la Dirección Nacional de
Loterías y Quinielas realizará anualmente, en fecha que determinará el
Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería, a total beneficio del
Hospital Pasteur, con el destino establecido en dicha norma.

CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas ha
sugerido que dicho sorteo se realice el día 11 de noviembre de 2011;

II) que nada obsta a que se apruebe la sugerencia de la referida
Dirección.

ATENTO a lo antes expuesto, a lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley
número 18.562 de 11 de setiembre de 2009, lo sugerido por la Dirección
Nacional de Loterías y Quinielas y lo informado por la Asesoría Jurídica
de esta Secretaría de Estado;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Dispónese el 11 de noviembre de 2011, como fecha para la realización del
sorteo especial de lotería, a total beneficio del Hospital Pasteur, de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° de la ley 18.562 de 11 de
setiembre de 2009.

JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO
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