Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el informe elevado por la Contaduría Central del Ministerio del
Interior relacionado con la actualización de los valores fijados por desolución 178/988 de 10 de mayo de 1988 para los servicios policiales
que en la misma se determina.
Resultando: que el ajuste que se propone se efectuó conforme a la variación operada en el Indice General de los Precios de Consumo, en el período comprendido entre el 12 de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1988.
Considerando: I) Que el artículo 41 de la ley 15.851 de 24 de
diciembre de 1986, autorizó a las dependencias del Ministerio del
Interior a cobrar a los usuarios el costo de los servicios conexos u
otros que por su naturaleza no son de su cometido específico;
II) Que al amparo de dicho texto legal se dictó el decreto 391/987, de
11 de agosto de 1987 que fijó el costo de ciertos servicios policiales no
contemplados en otras normas;
III) Que el Art. 2° del mencionado decreto establece dichos valores se
actualizarán anualmente conforme a lo preceptuado en el Art. 2° del decreto ley 15.046, de 5 de agosto de 1980.
Atento: a lo precedentemente expresado,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Actualízase el valor de los servicios establecidos en el decreto 391/987, de 11 de agosto de 1987, en la siguiente forma:
a) Título de habilitación para la adquisición y tenencia de armas: N$
575,00 (nuevos pesos quinientos setenta y cinco);
b) Certificado de residencia: N$ 269.00 (nuevos pesos doscientos sesenta y
nueve);
C) Conexión de alarma de mesa central de operaciones:
1) Conexión inicial: N$ 115.369,00 (nuevos pesos ciento quince mil
trescientos sesenta y nueve);
2) Cuota mensual por gastos operativos de mantenimiento: N$ 28.840,00
(nuevos pesos veintiocho mil ochocientos cuarenta);
d) Examen sicosomático de aptitud para conducir : N$ 960,00 (nuevos
pesos novecientos sesenta);
e) Depósito de vehículos (mensual): N$ 3.845,00 (nuevos pesos tres
mil ochocientos cuarenta y cinco);
f) Copias de carpetas con actuaciones periciales, referentes a
accidentes de tránsito solicitadas por los interesados:
1) Con pericias y fotografías: N$ 1.922,00 (nuevos pesos mil
novecientos veintidós);
2) Con pericias, fotografías y croquis o planos: N$ 2.885,00 (nuevis
pesos dos mil ochocientos ochenta y cinco);
3) Con pericias, fotografías, croquis o planos o informes de
loboratorio: N$ 5.768,00 (nuevos pesos cinco mil setecientos sesenta
y ocho).
SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI