VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico Cuaró (CEMOC);
RESULTANDO: que por la misma solicita la creación de un Seguro Parcial de
Emergencia Móvil para Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad
de Rivera;
CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes;
II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud
no formulan objeciones al respecto;
ATENTO: a lo establecido en el Decreto Nº 495/89 de 31 de octubre de
1989;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico
Cuaró (CEMOC), la creación de un Seguro Parcial de Emergencia Móvil para
Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad de Rivera, bajo la
Dirección Técnica del Doctor CESAR DE LOS SANTOS.
Establécese que previo a lo puesta en funcionamiento de dicho Servicio,
deberá recabarse la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud
Pública.