CREACION DE SEGURO PARCIAL DE EMERGENCIA MOVIL PARA ADULTOS. RIVERA




Promulgación: 17/09/2002
Publicación: 20/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 815
VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la 
Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico Cuaró (CEMOC);

RESULTANDO: que por la misma solicita la creación de un Seguro Parcial de 
Emergencia Móvil para Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad 
de Rivera;

CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las 
disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud 
no formulan objeciones al respecto;

ATENTO: a lo establecido en el Decreto Nº 495/89 de 31 de octubre de 
1989;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a la Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico 
Cuaró (CEMOC), la creación de un Seguro Parcial de Emergencia Móvil para 
Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad de Rivera, bajo la 
Dirección Técnica del Doctor CESAR DE LOS SANTOS.

2

 Establécese que previo a lo puesta en funcionamiento de dicho Servicio, 
deberá recabarse la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud 
Pública.

3

 Comuníquese.

BATLLE - LUIS ALVAREZ


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