APROBACION DEL PROYECTO DE CONTRATO DE PRESTAMO A CELEBRARSE ENTRE EN BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA LATINA Y LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS DEL URUGUAY




Promulgación: 17/03/2016
Publicación: 08/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la solicitud de autorización promovida por la Administración Nacional de Correos del Uruguay (ANC), a efectos del otorgamiento de un Contrato de Préstamo a celebrarse entre el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y la Administración Nacional de Correos del Uruguay (ANC), con la garantía de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.), destinado a financiar parcialmente el Proyecto de "Construcción de la Planta Logística Postal de la Administración Nacional de Correos del Uruguay".

   RESULTANDO: I) que el monto total del financiamiento asciende a la suma de U$S 9:600.000 (nueve millones seiscientos mil dólares de los Estados Unidos de América), que será amortizado en un plazo de diez años con dos años de gracia y con una tasa de interés variable.

   II) que la Administración Nacional de Correos del Uruguay (ANC) será el organismo ejecutor del referido Contrato.

   III) que las Unidades de Relacionamiento con Organismos Multilaterales, de Gestión de Deuda Pública, y la Asesoría Macroeconómica y Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas no tienen objeciones que formular respecto del otorgamiento del presente endeudamiento.

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, a celebrarse entre el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y la Administración Nacional de Correos del Uruguay (ANC), destinado a financiar parcialmente el Proyecto de "Construcción de la Planta Logística Postal de la Administración Nacional de Correos del Uruguay", y del respectivo proyecto de Contrato de Garantía de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.), este último que será suscrito, en representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto-Ley N° 15.437 de 27 de julio de 1983 y por el artículo 267 de la Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 337 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012, y lo dispuesto por el artículo 738 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y la Administración Nacional de Correos del Uruguay (ANC), por un monto total de U$S 9:600.000 (nueve millones seiscientos mil dólares de los Estados Unidos de América), destinado a financiar parcialmente el Proyecto de "Construcción de la Planta Logística Postal de la Administración Nacional de Correos del Uruguay" (*), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
 Ver:  Resolución Nº 190/016 de 18/04/2016 numeral 1.

2

   Apruébase el proyecto de Contrato de Garantía del antes referido Contrato de Préstamo, a suscribirse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución, el que será oportunamente otorgado y suscrito en nombre y representación de la República por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.

(*)Notas:
 Ver:  Resolución Nº 190/016 de 18/04/2016 numeral 1.

3

   Desígnanse, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco, Marcos Álvarez Rego y Fernando Scelza, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.

4

   Dese cuenta a la Asamblea General, dentro de los treinta días de aprobados.

5

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - RODOLFO NIN NOVOA - CAROLINA COSSE
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