AUTORIZACION A BULK FLOATING TERMINAL (URUGUAY) S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTOS DE FRAY BENTOS Y NUEVA PALMIRA. RESOLUCION ANP N° 742/3.805
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por la empresa BULK FLOATING TERMINAL (URUGUAY) S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la habilitación correspondiente para la prestación de servicios portuarios.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa, solicita la habilitación para el Grupo "A La Mercadería" en las categorías: C) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en los Puertos de Fray Bentos y Nueva Palmira.
II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en los artículos 14 y 18 del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, que aprueba el "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios".
III) Que la Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por la interesada en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la habilitación, no formulando observaciones al respecto.
IV) Que dicha Administración Nacional, por Resolución de su Directorio N° 742/3.805 de fecha 30 de diciembre de 2015 autorizó, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo, la habilitación referida en el Resultando I) de la presente Resolución.
V) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la habilitación peticionada, por lo que procede dictar Resolución aprobando la gestión referida.
CONSIDERANDO: los informes precedentes.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución N° 742/3.805 de fecha 30 de diciembre de 2015 del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por la cual se autoriza la habilitación a la firma BULK FLOATING TERMINAL (URUGUAY) S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "A La Mercadería" en las categorías: C) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en los Puertos de Fray Bentos y Nueva Palmira.