OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. HOPRESA S.A.




Promulgación: 29/12/2000
Publicación: 09/01/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de HOPRESA S.A. a fin de que se extienda el beneficio 
de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 3 
(tres), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la caída de la actividad para la generalidad de la 
industria y en especial de la construcción, ha determinado el envío de 
parte del personal de la empresa al Seguro por Desempleo, que en la 
actualidad no puede ser reintegrado.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro 
por Desempleo, a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las 
medidas necesarias tendientes a mantener la fuente de trabajo a dicho 
personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Otórgase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a 3 (tres) trabajadores 
de la firma HOPRESA S.A., que se encuentren en condiciones legales de 
acceder a la misma.

2

 El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará 
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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