Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a suscribir con la firma
adjudicataria el Contrato correspondiente -ad-referéndum de su aprobación
por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, una vez cumplida
la notificación de los oferentes- sin que se haya presentado objeción
alguna a lo que aquí se dispone.