MEDIOS DE COMUNICACION. DENEGACION DE SOLICITUD DE FRECUENCIA. SORIANO




Promulgación: 11/02/2003
Publicación: 18/02/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 251
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), por la cual los señores Darío Armand Pilón y 
Américo César Crescí, solicitan la adjudicación de una frecuencia para la 
explotación de una estación radiodifusora en la localidad de José Enrique 
Rodó, departamento de Soriano.-

RESULTANDO: que los gestionantes fundamentan dicha petición en la 
importancia de un servicio radial para la localidad mencionada en 
atención a las características del medio, manifestando haberse presentado 
en un llamado público a tal fin en el año 2000, el cual fue dejado sin 
efecto por la Resolución del Poder Ejecutivo 1515/001 del 23 de octubre 
de 2001.-

CONSIDERANDO: que la adjudicación de las frecuencias para la explotación 
de un servicio de radiodifusión debe realizarse mediante el procedimiento 
del Llamado Público a Interesados, de acuerdo a lo dispuesto por el 
artículo 7mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 
734/978 de 20 de diciembre de 1978, Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre 
de 1984 en la redacción modificativa dada por la Ley 16.211 de 10 de 
octubre de 1991, Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, Ley 17.296 de 
21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la 
misma.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Deniégase a los señores Darío Armand Pilón y Américo César Cresci la 
solicitud de adjudicación de una frecuencia para la explotación de una 
estación radiodifusora en la localidad de José Enrique Rodó del 
Departamento de Soriano.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC). Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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