VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por la firma "BERSABEL
S.A."; para que se le asignen 5 (cinco) frecuencias adicionales en la
banda de UHF.
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 117/994 de fecha
11 de febrero de 1994 se autorizó a BERSABEL S.A. a suministrar el
servicio de televisión para abonados por el sistema de UHF codificados,
en la ciudad de Montevideo, adjudicándole seis canales.
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 891/994 de fecha 16 de
agosto de 1994 se autorizó a la sociedad de referencia a operar dos
canales adicionales.
CONSIDERANDO: que desde el punto de vista técnico y jurídico, no existen
inconvenientes para que se asignen las frecuencias adicionales
solicitadas.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo dispuesto por los Decretos 349/990 de 7
de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993 y 153/993 de 30 de
marzo de 1993.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la firma "BERSABEL S.A.", la utilización de 5 (cinco)
canales codificados complementarios en la banda de UHF, para suministrar
el servicio de televisión para abonados en la ciudad de Montevideo.
Asígnense, por intermedio de la Dirección Nacional de Comunicaciones, la
cantidad de 5 (cinco) frecuencias en la banda de UHF entre los 512 y 608
Mhz. y 614 a 806 Mhz.. Estas frecuencias y las ya asignadas a la empresa
de referencia, quedarán sujetas a las condiciones técnicas que disponga
oportunamente la Dirección Nacional de Comunicaciones, para adecuarlas a
los cambios tecnológicos y en particular el corrimiento de las
frecuencias, necesario para la futura digitalización de las emisiones
abiertas.