VISTO: estos antecedentes relacionados con la Licitación Pública
Internacional Nº 28/003, para la adquisición de hasta 22:000.000 de dosis
de vacunas contra la fiebre aftosa;
RESULTANDO: I) por resolución Nº 819/003, de 17 de julio de 2003, el
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, autorizó el referido
llamado a licitación pública internacional;
II) el día 18 de agosto de 2003, se procedió a la apertura de ofertas,
con el siguiente resultado, según ilustra el Acta labrada, en esa fecha,
por las Escribanas Fátima Alberti y Elena López:
Oferta Nº 1, de MERIAL S.A., en representación de MERIAL SAéDE ANIMAL
LTDA; oferta Nº 2, de Laboratorios Calier de Uruguay S.A., en
representación de Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S.A.
(VECOL S.A.); oferta Nº 3, de ARLETAN S.A., en representación de
Laboratorios Laverlam S.A. y oferta 4, de Luis A. Méndez S.R.L., en
representación de LIMOR DE COLOMBIA LIMITADA;
III) efectuado el comparativo de precios, la Comisión Asesora de
Adjudicaciones por Acta de fecha 2 de setiembre de 2003, aconseja
adjudicar la licitación en la forma que detalla a fs. 264 y vta., por
razones de mejor precio;
IV) se dio vista a las firmas oferentes de acuerdo con lo dispuesto por
el Art. 58 del TOCAF, las que se notificaron sin presentar
observaciones;
V) se recabó la intervención del Tribunal de Cuentas;
CONSIDERANDO: I) en el caso en vista se han dado cumplimiento a los
requisitos vigentes en materia de licitaciones públicas internacionales;
II) conveniente, por tanto, proceder en la forma comendada por la
Comisión Asesora de Adjudicaciones que entendió en estos procedimientos;
ATENTO: a lo preceptuado por los Arts. 27 y 33 del TOCAF,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Adjudícase la licitación pública internacional Nº 28/03, para la
adquisición de hasta 22:000.000 de dosis de vacunas antiaftosa, en la
siguiente forma, conforme a las respectivas propuestas de las firmas y
demás condiciones que rigieron para este llamado:
- a la firma Luis Alberto Méndez S.R.L., en representación de LIMOR
DE COLOMBIA LTDA., hasta 6:050.000 de dosis por el precio total de U$S
780.450, CIF Montevideo;
- a la firma ARLETAN S.A., en representación de LABORATORIOS LAVERLAM
S.A., hasta 5:000.000 de dosis, por el precio de U$S 645.000, CIF
Montevideo, y
- a la firma Laboratorios Calier del Uruguay S.A., en representación
de la Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S.A. (VECOL S.A.),
hasta 10:950.000 dosis, por el precio de U$S 1:467.300, CIF Montevideo.
La obligación emergente, por un total de U$S 2:892.750, CIF Montevideo,
se atenderá con el producto de la tasa creada por el Art. 1º del Decreto
Nº 432/003 de 29 de octubre de 2003.
Comuníquese y vuelva al Departamento de Adquisiciones del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca para su conocimiento, notificación a todas
las firmas intervinientes, en expediente, intervención de la Contaduría
Central (Delegado Tribunal de Cuentas y demás efectos.