VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, por la cual la empresa "REIFORD S.A.", solicita se le
autorice la transferencia de la totalidad de sus acciones sociales, a
favor de los señores José María Sáenz Valiente y Enrique Alfredo Fortini
Uzal.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó a la empresa gestionante a suministrar el
servicio de televisión para abonados en la ciudad Tacuarembó,
departamento de Tacuarembó, por el sistema "cable".-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 368/002 de 26 de febrero de
2002, se le autorizó a los señores Juan José Moratorio y Lucila Kauke a
ceder y transferir la totalidad de sus acciones de la empresa "REIFORD
S.A.", a favor de los señores Elsa Teresita Herrera Oreggia y Julio
Carlevaro Carbo.-
CONSIDERANDO: I) que los titulares de las acciones, señores José María
Sáenz Valiente y Enrique Alfredo Fortini Uzal, han cumplido con los
requisitos y exigencias personales que establecen los Decretos 349/990 de
7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993.-
II) que se ha agregado testimonio notarial del Contrato de Transferencia
de Acciones de la sociedad dando cumplimiento a lo dispuesto por el
Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, habiendo transcurrido el
plazo reglamentario de cinco años que establece el artículo 19 del
Decreto 349/990 citado, para que se pueda hacer modificaciones en la
titularidad de las autorizaciones.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001, Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase a los señores Julio Carlevaro Carbo y Elsa Teresita Herrera
Oreggia, a ceder y transferir la totalidad de sus acciones en la empresa
"REIFORD S.A", permisionaria del servicio de televisión para abonados en
la ciudad de Tacuarembó del departamento homónimo, a favor de los señores
José Maria Sáenz Valiente y Enrique Alfredo Fortini Uzal.-