VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), por la cual la empresa "SPACE ENERGY TECH S.A.",
solicita se le autorice la transferencia de la totalidad del paquete
accionario de la señora Elsa Teresita Herrera Oreggia y del señor Julio
Carlevaro Carbo, a favor de los señores José María Sáenz Valiente y del
señor Enrique Alfredo Fortini Uzal.-
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó a la empresa gestionante a suministrar el
servicio de televisión para abonados en la ciudad de Salto, departamento
de Salto por el sistema "cable".-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 367/002 de 26 de febrero de
2002, se le transfirieron la totalidad de las acciones de la empresa
"SPACE ENERGY TECH S.A.", a la señora Elsa Teresita Herrera Oreggia y al
señor Julio Carlevaro Carbo.-
CONSIDERANDO: I) que los señores José Maria Sáenz Valiente y Enrique
Alfredo Fortini Uzal, han cumplido con los requisitos y exigencias
personales que establecen los Decretos 349/990 de 7 de agosto de 1990 y
125/993 de 12 de marzo de 1993.-
II) que se adjuntó a estos obrados el testimonio notarial del Contrato de
Transferencia de Acciones de la sociedad dando cumplimiento a lo
dispuesto por el Decreto 586/ 990 de 18 de diciembre de 1990, habiendo
además transcurrido el plazo reglamentario de cinco años que establece el
articulo 19 del Decreto 349/990 citado, para que se pueda hacer
modificaciones en la titularidad de las autorizaciones.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001, Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase al señor Julio Carlevaro Carbo y a la señora Elsa Teresita
Herrera Oreggia, a ceder y transferir la totalidad de sus acciones en la
empresa "SPACE ENERGY TECH S.A", permisionaria del servicio de televisión
para abonados en la ciudad de Salto del departamento homónimo, a favor de
los señores José María Sáenz Valiente y Enrique Alfredo Fortini Uzal.-