COMISION HONORARIA DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DE OBRAS DEL CENTRO AUXILIAR DE SALUD PUBLICA DE JUAN LACAZE




Promulgación: 06/11/2003
Publicación: 14/11/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1228
VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la 
realización de obras en el Centro Auxiliar de Salud Pública de Juan 
Lacaze;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28 de 
diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones Honorarias con el 
cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de 
Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del 
artículo 589 de la Ley No.15.903 de 10 de noviembre de 1987;

II) que las obras a realizar se encuentran, previstas en el Plan de 
Inversiones Públicas de la mencionada Secretaria de Estado;

III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria, la cual se 
encargará de la Administración y Ejecución de las obras en cuestión;

IV) que se propone integrar la misma con ciudadanos de reconocida 
solvencia moral y cívica;

ATENTO: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley No.16.170 de 28 de 
diciembre de 1990 y Decreto No.160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno 
No. 51/991);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras en 
el Centro Auxiliar de Salud Pública de Juan Lacaze, que tendrá como 
cometido la administración y ejecución de las mencionadas obras previstas 
en el Plan de Inversiones Públicas del Inciso 12 -Ministerio de Salud 
Pública-, la que estará integrada por las siguientes personas: Sr. OSCAR 
GONNET, Sr. ORLANDO MARTINEZ, Sr. JOSE MARÖA BOLDRINI, Sr. RENATO 
EMANUELLI, Sr. RONALD SOSA, Cra. PATRICIA MOREL, Arq. SUSANA CARDOZO, 
Dra. MARISA SECONDO e Ing. INGO SERIZOLA.

2

 Comuníquese. Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de 
Salud del Estado.

BATLLE - CONRADO BONILLA


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