Autorízase al sector privado de televisión de Montevideo a estructurar
una empresa la que implementará y operará una cadena de televisión para la
cobertura simultánea de la mayor área posible del país con prioridad a las
zonas de frontera. La integración a dicha cadena no será obligatoria para
las emisoras, salvo en los casos específicos que así lo determine DINARP.
(*)