APROBACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1995. HOSPITAL PIÑEYRO DEL CAMPO Y CENTRO DEPARTAMENTAL DE SAN JOSE




Promulgación: 02/02/1995
Publicación: 07/03/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1995, presentados por la
Unidades Ejecutoras del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública, las cuales
solicitan la ampliación e incorporación de diversos proyectos en el Plan
de Inversiones Públicas de dicho Ejercicio.

   Resultando: I) que los referidos proyectos se financiarán con recursos
extrapresupuestales y se hallan incluidos en los preventivos presentados.

   II) que los proyectos de inversión cuya incorporación se solicita son
el: Nº 782 "Centro Dptal. de San José": $ 104.371,00 (pesos uruguayos
ciento cuatro mil trescientos setenta y uno) y ampliación del Nº 712
"Hospital Piñeiro del Campo-Equipamiento" $ 407.887,69 (pesos uruguayos
cuatrocientos siete mil ochocientos ochenta y siete con 69/100), que
fueran incorporados al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1995 en la
financiación 1.3 "Rentas Generales" por la Ley Nº 16.170 de 28 de
diciembre de 1990.

   III) que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado sus
preventivos a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.

   Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y a lo
dispuesto por los artículos 45 del Decreto-Ley Nº 14.416 de 28 de agosto
de 1975, con la redacción dada por el artículo 45 y 47 de la Ley Nº 15.903
de 10 de noviembre de 1987 y a lo establecido por Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 13/993 de 12 de enero de 1993.

   El Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de las atribuciones
delegadas,

                                  RESUELVE:

1

   Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas del ejercicio 1995, el
proyecto de inversión siguiente, presentado por la Unidad Ejecutora 063
del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" en un monto total de $
407.887,69 (pesos uruguayos cuatrocientos siete mil ochocientos ochenta y
siete con 69/100) a financiarse con recursos extrapresupuestales:

INCISO    PROGRAMA       UNIDAD EJECUTORA         MONTO $
  063       002       Hosp. Piñeiro del Campo
                            PROYECTO
                         "Equipamiento"
                              (712)             407.887,69
                                   TOTAL        407.887,69


2

  Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas del ejercicio 1995, el
proyecto de inversión siguiente del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública" por un monto de $ 104.371 (pesos uruguayos ciento cuatro mil
trescientos setenta y uno), a financiarse con recursos
extrapresupuestales:

INCISO    PROGRAMA        UNIDAD EJECUTORA          MONTO $
029         002       Centro Dptal. de San José
                             PROYECTO
                           "Obras" (782)            104.371
                                         TOTAL      104.371


3

   Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1995
presentados por Unidades Ejecutoras del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública" por un monto total de $ 2:379.914,94 (pesos uruguayos dos
millones trescientos setenta y nueve mil novecientos catorce con 94/100)
de acuerdo al siguiente detalle:

UE          DENOMINACION         BANCO     Nº CUENTA    MONTO $
063      Hosp. Piñeyro Campo      BROU    33987/8620  2:275.543,94
029      Ctro. Dptal. S. José     BHU      616-1/7     104.371
                                            Total  $ 2:379.914,94

   Los antecedentes pertinentes, expresados en formularios anexos para
dicha cuenta, forman parte del cuerpo de la presente Resolución. 

4

  Dése cuenta a la Comisión Permanente. 

5

  Comuníquese al Tribunal de Cuentas, a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación; publíquese, etc. 


GUSTAVO LICANDRO
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