Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $
438:580.056,99 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y ocho millones
quinientos ochenta mil cincuenta y seis con noventa y nueve centésimos),
la cual se discrimina de la siguiente manera: $ 306:334.729,25 para
Contrato, $ 67:393.640,44 para I.V.A. (22%), $ 24:980.773,03 para Leyes
Sociales y $ 39:870.914,27 para Imprevistos (10%).
Dicha erogación, más los mayores costos resultantes, se atenderán con
cargo a la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, Inciso 10, Programa
362, Proyecto N° 750, Financiación 1.1 (Rentas Generales) y 2.1
(Endeudamiento Externo).