AUTORIZACION PARA EL CAMBIO DE INTEGRACION SOCIAL DE LA EMPRESA RUIMAR S.R.L.




Promulgación: 03/07/2023
Publicación: 11/07/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la solicitud presentada por la empresa RUIMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, R.U.T. 020063440010, a efectos de que se le autorice la cesión de la totalidad de sus cuotas sociales y la modificación de su integración social;

   RESULTANDO: I) que de acuerdo con los recaudos que obran en los respectivos antecedentes, por certificación notarial se acredita el cambio de integración y la cesión de la titularidad del 100% (cien por ciento) de las 120 (ciento veinte) cuotas sociales, 75 (setenta y cinco) cuotas pertenecientes a Milton Ruiz Berti, cédula de identidad N° 3.619.950-0 y 45 (cuarenta y cinco) cuotas pertenecientes a María Cristina Gallego Barreiro, cédula de identidad N° 3.619.949-7, de la siguiente manera: a favor de María Natalia Ruiz Gallego cédula de identidad N° 4.496.564-8, Matías Gonzalo Ruiz Gallego cédula de identidad N° 4.161.621-2 y José Pablo Ruiz Gallego cédula de identidad N° 4.161.620-6, correspondiéndole un total de 40 (cuarenta) cuotas sociales, equivalentes al 33.333% (treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento) del total del capital social a cada uno;

   II) que la empresa RUIMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, es permisaria de los servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros por carretera, en la línea nacional regular de corta distancia que une las ciudades de Santa Lucía, Departamento de Canelones y San José de Mayo, Departamento de San José, por la Ruta Nacional N° 11;

   III) que por los motivos expuestos se solicita la autorización del Poder Ejecutivo para proceder a modificar la integración social y la titularidad del total de las cuotas sociales de la empresa;

   CONSIDERANDO: que de la documentación agregada en las correspondientes actuaciones y de lo manifestado por el Área Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, surge que no existen objeciones de carácter jurídico o de política de transporte para acceder a lo peticionado;

   ATENTO: a lo previsto por el artículo 9.1 del Reglamento para la Explotación de Servicios Regulares de Transporte de Personas por Carretera, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 285/006, de 22 de agosto de 2006;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase el cambio de integración social de la empresa RUIMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, R.U.T. 020063440010, y la cesión de la titularidad del 100% (cien por ciento) de las 120 (ciento veinte) cuotas sociales, 75 (setenta y cinco) cuotas pertenecientes a Milton Ruiz Berti, cédula de identidad N° 3.619.950-0 y 45 (cuarenta y cinco) cuotas pertenecientes a María Cristina Gallego Barreiro, cédula de identidad N° 3.619.949-7, de la siguiente manera: a favor de María Natalia Ruiz Gallego cédula de identidad N° 4.496.564-8, Matías Gonzalo Ruiz Gallego cédula de identidad N° 4.161.621-2 y José Pablo Ruiz Gallego cédula de identidad N° 4.161.620-6, correspondiéndole un total de 40 (cuarenta) cuotas sociales, equivalentes al 33.333% (treinta y tres coma trescientos treinta y tres por ciento) del total del capital social a cada uno.

2

   Establécese que la línea nacional explotada por la empresa RUIMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, referenciada en el Resultando II) de la presente Resolución, continuarán prestándose en la forma y con las características con que se desarrollan actualmente.

3

   Comuníquese, publíquese, y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para notificación del interesado y demás efectos.

   LACALLE POU LUIS - JOSÉ LUIS FALERO
Ayuda