Visto: estas actuaciones por las que la Intendencia Municipal de
Montevideo, gestiona la aprobación de una modificación presupuestal para
el ejercicio 1977 en lo referente a gastos.
Resultando: que la gestión planteada cuenta con la aprobación de SEPLACODI
y Tribunal de Cuentas de la República.
Considerando: I) Que los recursos para esta ampliación se obtienen de
mayores disponibilidades de Tesorería por lo que de no recaudarse en la
forma prevista deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio
presupuestal;
II) Lo dispuesto por el artículo 5º, inciso c) del decreto constitucional
3/976 de 1º de setiembre de 1976.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Apruébase la ampliación presupuestal de los gastos de funcionamiento no
personales de la Intendencia Municipal de Montevideo por N$ 14:611.658.91
(catorce millones seiscientos once mil seiscientos cincuenta y ocho nuevos
pesos con 91/100) a regir por única vez hasta el 21 de diciembre de 1977.
(*)
De no recaudarse los recursos previstos, la Intendencia Municipal de
Montevideo deberá abatir los gastos a los efectos de mantener el
equilibrio presupuestal.