Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Distribúyase la cantidad fijada de la siguiente manera:
A) $22.050 (veintidós mil cincuenta pesos uruguayos) a cada uno de los
Primeros Premios de las Obras Éditas en: 1) Obras en verso y poemas en
prosa, 2) Narrativa, 3) Literatura para niños y jóvenes, 4) Teatro en
Género Comedia, 5) Teatro en Género Drama, 6) Teatro infantil y juvenil,
7) Ensayos literarios, crónicas y reportajes periodísticos reunidos en
volumen, referidos a materia literaria, 8) Historia, biografías y temas
afines, 9) Filosofía, Lingüística y Ciencias de la Educación, 10) Arte
(Investigación, análisis y comentarios), 11) Ciencias sociales y
jurídicas y 12) Investigación y difusión científica.
B) $16.537 (dieciséis mil quinientos treinta y siete pesos uruguayos), a
cada uno de los Segundos Premios de Obras Éditas en: 1) Obras en verso y
poemas en prosa, 2) Narrativa y 3) Literatura para niños y jóvenes.
C) $12.127 (doce mil ciento veintisiete pesos uruguayos) a un Tercer
Premio en Obras Editas en Narrativa.
D) $19.845 (diecinueve mil ochocientos cuarenta y cinco pesos uruguayos)
a cada uno de los Primeros Premios de las Obras Inéditas en: 1) Obras en
verso y poemas en prosa, 2) Narrativa, 3) Literatura para niños y
jóvenes, 4) Teatro en Género Comedia, 5) Teatro en Género Drama, 6)
Teatro infantil y juvenil, 7) Ensayos literarios, crónicas y reportajes
periodísticos reunidos en volumen referidos a materia literaria, 8)
Historia, biografías y temas afines, 9) Filosofía, Lingüística y Ciencias
de la Educación, 10) Arte (Investigación, análisis y comentarios), 11)
Ciencias sociales y jurídicas y 12) Investigación y difusión científica.
E) $14.332 (catorce mil trescientos treinta y dos pesos uruguayos) a cada
uno de los Segundos Premios de Obras Inéditas en: 1) Obras en verso y
poemas en prosa, 2) Narrativa y 3) Literatura para niños y jóvenes.
F) $9.922 (nueve mil novecientos veintidós pesos uruguayos) a un Tercer
premio en Obras Inéditas en Narrativa.