VISTO: La solicitud de la firma PINEMYR S.A. tendiente a obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
construcción de un centro de atención integral de salud y mejoramiento de
la calidad de vida.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por PINEMYR S.A. y
propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma PINEMYR S.A. de
acuerdo con lo informado por el Ministro de Turismo, es viable técnica,
financiera y económicamente.
ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nos. 175/003 del
7 de mayo de 2003 y 350/004 de 29 de setiembre de 2004.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
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Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 175/003 de 7 de mayo de 2003, el proyecto de inversión
presentado por la empresa PINEMYR S.A. para la construcción del
denominado "La Barra Sport", por un monto total de inversión de U$S
987.745 (dólares americanos novecientos ochenta y siete mil setecientos
cuarenta y cinco) a construirse en el predio ubicado en la Ruta 10, km.
161.