AJUSTE DE CREDITOS PRESUPUESTALES PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. ENERO 1989




Promulgación: 13/04/1989
Publicación: 27/04/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 431
      Visto: la necesidad de ajustar los créditos presupuestales de
funcionamiento e inversiones de los Incisos 02 al 28 del Presupuesto
Nacional.

      Resultando: la variación experimentada en el nivel de precios al
consumo en el período 1º de setiembre al 31 de diciembre de 1988.

      Considerando: que el índice establecido precedentemente debe
coordinarse con las disponibilidades de las fuentes de financiamiento
respectivas.

      Atento: a lo establecido por los artículos 69, 70 y 82 de la ley
15.809 de 8 de abril de 1986,

      El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,

                              RESUELVE:

1

      Increméntanse los créditos presupuestales de Funcionamiento y de
Inversiones de los Incisos 02 al 28 del Presupuesto Nacional en un 14%
(catorce por ciento) a partir del 1º de enero de 1989.

2

      Dése cuenta a la Asamblea General.

3

      Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Contaduría
General de la Nación.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - LUIS BARRIOS TASSANO - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO BONINO GARMENDIA - JOSE VILLAR GOMEZ
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