VISTO: estos antecedentes por los cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la gestión promovida por la Comisión
Pro-Remodelación, Ampliación y Conservación del Hospital Maciel, por la
cual solicita se autorice la transferencia de las acciones que posee en
la sociedad "Televisora Larrañaga S.A.", a los señores Horacio Scheck y
José Serrato Aguirre.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de
mayo de 1995 (Número interno 73.744), se autorizó la transferencia de
acciones de la sociedad "Televisora Larrañaga S.A.", pertenecientes a la
señora Catalina María Laura Gari Arrosa de García Otero, a favor de
diversos cesionarios entre ellos, la Comisión Pro-Remodelación,
Ampliación y Conservación del Hospital Maciel.-
II) que los cesionarios poseen, como surge de autos, la calidad de
accionistas de la sociedad "Televisora Larrañaga S.A.", por cuanto ya han
observado en la instancia pertinente los extremos exigidos por el
artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, dando
cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de
1990.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo
1ro. del Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, artículos 15 y 16 del
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y Decreto 586/990 de 18 de
diciembre de 1990 y a lo informado por la Dirección Nacional de
Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase a la Comisión Pro-Remodelación, Ampliación y Conservación del
Hospital Maciel, a transferir la totalidad de las acciones que posee en
la sociedad "Televisora Larrañaga S.A.", a favor de los señores Horacio
Scheck y José Serrato Aguirre, quienes las adquieren en la proporción del
50% cada uno.-