SUSTITUCION DEL SISTEMA TELEVISION SATELITAL DIRECTA AL HOGAR POR EL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. ANDRESITO. ISMAEL CORTINAS. LA CASILLA. FLORES




Promulgación: 04/12/2001
Publicación: 13/12/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1489
Referencias a toda la norma
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por la 
empresa "Trinidad Video Cable S.A.", para que se le autorice cambiar el 
sistema "TDH", por el sistema "Cable", para suministrar el servicio de 
televisión para abonados en las localidades de Andresito, Ismael Cortinas 
y La Casilla, del Departamento de Flores.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de fecha 
2 de julio de 1993, el peticionante adquirió su calidad de permisionario 
del servicio de televisión para abonados, en la ciudad de Trinidad del 
departamento de Flores.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 
1997, se autorizó a los permisionarios del servicio de televisión para 
abonados del interior del país, a ampliar su área de servicio en el 
Departamento en que estuvieren operando, empleando determinadas 
tecnologías aptas para ello.-

III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 
1998, se autorizó a "Trinidad Video Cable S.A.", a expandirse hacia 
determinadas zonas.-

CONSIDERANDO: I) que en el marco de la ampliación del área de servicio, 
solamente fue autorizado el sistema TDH (Televisión Satelital Directa al 
Hogar) para las localidades de Andresito, Ismael Cortinas y La Casilla 
del departamento de Flores.-

II) que desde el punto de vista técnico y económico, resulta beneficioso 
para los pobladores de las referidas localidades, que el suministro del 
Servicio de Televisión para Abonados sea efectuado por el sistema 
"Cable".-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 
349/990 de 7 de agosto de 1990, la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y 
a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a la empresa "Trinidad Video Cable S.A.", a sustituir el 
sistema inalámbrico denominado "Televisión Satelital Directa al Hogar" 
(TDH) autorizado por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de 
marzo de 1998, por el sistema "cable" para suministrar el Servicio de 
Televisión para Abonados en las localidades de Andresito, Ismael Cortinas 
y La Casilla del departamento de Flores.-

2

 Concédese un plazo de 60 días contados a partir de la notificación de la 
presente Resolución, para que la empresa permisionaria presente ante la 
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones el proyecto técnico 
correspondiente con toda la información o documentación que requiera 
dicho Organismo. El incumplimiento de este requisito aparejará la 
caducidad de pleno derecho de la presente autorización.-

3

 Determínase asimismo, que la autorización tendrá carácter de precaria y 
revocable en cualquier momento sin derecho a indemnización de clase 
alguna.-

4

 Establécese que la presente autorización, no da derecho alguno a exigir 
la autorización de proyectos complementarios, ni garantiza o concede 
monopolio ni exclusividad alguna para la prestación del servicio en las 
localidades adjudicadas.-

5

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.

BATLLE - LUIS BREZZO


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