VISTO: la petición promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, por la que solicita revocar la Resolución del Poder
Ejecutivo 156/999 de 9 de marzo de 1999 por la cual se autorizó a la
sociedad "GRUPO VIDA SRL" permisionaria de CW 121 "RADIO LIBERTADOR" de
la ciudad de Vergara, departamento de Treinta y Tres, que opera la
frecuencia 1210 Khz., un aumento de potencia a 1 Kilovatio en servicio
permanente.-
RESULTANDO: I) que a pesar del tiempo transcurrido y de varias
intimaciones realizadas, la administrada no ha dado cumplimiento con el
aumento autorizado.-
II) que a "GRUPO VIDA SRL" se le ha dado la vista prevista por el
artículo 76 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991, sin haberla
evacuado.-
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977,
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, Ley 17.296 de 21 de febrero
de 2001 y a lo informado por las Asesorías Letradas de la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones y del Ministerio de Defensa
Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Revócase la Resolución del Poder Ejecutivo 156/999 de 9 de marzo de
1999.-