VISTO: la gestión promovida por la empresa TURESTE S.R.L. tendiente a la
aprobación de las modificaciones en la titularidad de las cuotas sociales
de la referida sociedad comercial.
RESULTANDO: I) Que la referida empresa realiza el transporte regular de
pasajeros por carretera entre las ciudades de Maldonado y Treinta y Tres y
viceversa, en la modalidad de semi-directo, por las Rutas Nacionales Nos.
39, 9, 15, 14 y 8 de la cual es titular de la concesión otorgada por
Resolución del Poder Ejecutivo de 13 de setiembre de 1993;
II) Que el 22 de febrero de 2010 la Sra. Elsa Caubarrére vendió 50 cuotas
sociales de la empresa indicada a los ciudadanos Paula y Francisco
Sanabria Barrios, quienes adquirieron las mismas en común, pro indiviso y
por partes iguales;
III) Los Sres. Ramón Ferreira de Araújo y Estela Acosta cedieron a la Sra.
Elsa Caubarrére, quien adquirió 1 cuota social de dicha sociedad
comercial.
CONSIDERANDO: I) Que el cambio de titularidad de las referidas cuotas
sociales ha sido fehacientemente acreditado y debidamente justificado,
dando cumplimiento sus titulares a lo establecido en los Artículos 9.1 y
9.2 del Reglamento aprobado por Decreto N° 285/006 de 22 de agosto de
2006, comunicando y documentando el referido negocio;
II) Que a su vez dicho cambio no afecta en absoluto los objetivos
establecidos en el Art. 1.2 del precitado Decreto, manteniendo la
permanencia, continuidad y eficiencia del servicio;
III) Que el Departamento Asesoría Letrada de la División Servicios
Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por Informe N°
480/10 de 9 de setiembre de 2010, se expresa no formulando objeciones al
planteo propuesto.
ATENTO: A lo dispuesto por el Reglamento para la Explotación de Servicios
Regulares de Transporte de Personas por Carretera, aprobado por el Decreto
N° 285/006 de 22 de agosto de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase la modificación de la estructura social de la empresa TURESTE
S.R.L., concesionaria de la línea de transporte regular de pasajeros por
carretera entre la ciudad de Maldonado y Treinta y Tres y viceversa, en la
modalidad de semi-directo, por las Rutas Nacionales Nos. 39, 9, 15, 14 y 8
de la cual es titular según Resolución del Poder Ejecutivo de 13 de
setiembre de 1993, la que quedará constituida por la Sra. y Sr. Paula y
Francisco Sanabria Barrios, con 50 cuotas de las acciones en común, pro
indiviso y por partes iguales y las restantes 50 cuotas son propiedad de
la Sra. Elsa Caubarrére, de acuerdo a la documentación notarial glosada en
autos.