VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones eleva la solicitud del señor Marcelo Gigena de los Santos,
titular de la emisora CX 154 "Radio Patria", para la transferencia de
dicha titularidad, a la Sociedad de Responsabilidad Limitada RADIO PATRIA
S.R.L..-
RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 231/87 de 9 de
junio de 1987, se autorizó al señor Marcelo Gigena de los Santos, el uso
de la frecuencia 1540 Khz., en la ciudad de Treinta y Tres, emisora que
posteriormente se denominó CX 154 "Radio Patria".-
CONSIDERANDO: I) que ha transcurrido el plazo de 5 años, exigido por el
artículo 16 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, desde la
autorización inicial concedida.-
II) que se han observado todos los requisitos legales previstos por el
Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, Decreto 347/992 de 21 de
julio de 1992 y artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de
1978.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977 y a lo informado por la Asesoría Letrada de
la Dirección Nacional de Comunicaciones.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de la titularidad de la emisora CX 154
"Radio Patria", del departamento de Treinta y Tres, del cual es titular
el señor Marcelo Gigena de los Santos, a RADIO PATRIA S.R.L., integrada
por los señores José Eduardo Rodríguez Alzogaray, Marcelo Gigena de los
Santos, Marcelo Alejandro Berriel de Castro y Ruben Abantan Amaro
Silvera.-