CONVOCATORIA A LAS GREMIALES PARA PROPONER SUS REPRESENTANTES A INTEGRAR EL DIRECTORIO DEL INAVI




Promulgación: 08/04/2014
Publicación: 23/04/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la ley N° 18.462, de 8 de enero de 2009, su decreto reglamentario
N° 328/2009, de 13 de julio de 2009, y la gestión promovida, en ese marco,
por el Presidente del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) Enól.
José Ma. Lez Secchi con fecha 22 de enero de 2014 (fs. 2);

RESULTANDO: el artículo 5° de la mencionada disposición legal prevé que
antes de cumplido el término de cuatro años de la designación de los
miembros del Directorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI),
el Poder Ejecutivo solicitará a las respectivas gremiales que propongan a
los representantes del sector privado a fin de integrar dicho Directorio,
quienes no podrán ser designados por más de dos períodos consecutivos;

CONSIDERANDO: procedente, por tanto, solicitar a las gremiales que cumplan
con los requisitos previstos por el artículo 1° del decreto N° 328/2009,
de 13 de julio de 2009, a que propongan sus representantes aspirantes a
integrar el Directorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura, por un
nuevo período;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y normativa citada;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Convócase a las gremiales a que refiere el literal B) del artículo 146 de
la ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por
sustitución por el Art. 5° de la ley N° 18.462, de 8 de enero de 2009, a
que en un plazo de treinta días -de conformidad con el previsto por los
artículos 1° y 2° del decreto N° 328/2009, de 13 de julio de 2009-
propongan sus representantes aspirantes a integrar el Directorio del
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI).

JOSÉ MUJICA - ENZO BENECH - MARIO BERGARA - ROBERTO KREIMERMAN
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