VISTO: La solicitud de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, por la que se eleva el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2017, para su aprobación por el Poder Ejecutivo.
RESULTANDO: Que el artículo 22 de la Ley N° 17.738 de 7 de enero de 2004, confiere al Poder Ejecutivo facultades para aprobar o rechazar el proyecto del Presupuesto de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.
CONSIDERANDO: I) Que por Resolución de 26 de octubre de 2016, el Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios aprueba el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2017.
II) Que por Resolución de fecha 24 de noviembre de 2016, la Comisión Asesora y de Contralor, informa que no se ha alcanzado la totalidad de los votos para la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2017.
III) Que el Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios por Resolución de fecha 30 de noviembre de 2016, resuelve por unanimidad que vencido el plazo que dispone la Comisión Asesora y de Contralor, remitir los presentes obrados para su consideración al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
IV) Que por informe de fecha 23 de enero de 2017, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, expresa que no formula objeciones al Proyecto de Presupuesto y previa vista de la Coordinadora de Presupuestos Públicos, remite el expediente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los efectos correspondientes.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 22 de la Ley N° 17.738 de 7 de enero de 2004.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
APRUÉBASE el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2017, elevado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios el cual forma parte de la presente Resolución.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 180/017 de
06/03/2017.