Ver vigencia: Resolución Nº 1.509/002 de 17/09/2002 numeral 1.
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Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya instalados, la
adjudicataria deberá reducir su potencia y tomar las medidas necesarias
para su eliminación.-