DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE INVERSION PRESENTADO POR VICRY SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 09/11/1977
Publicación: 18/11/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1035
Visto: la gestión promovida por Vicry S.A., fábrica de vidrios y
cristales, tendiente a que se declare de Interés Nacional el proyecto de
inversión que presenta y se le concedan determinados beneficios
promocionales.

Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial, en base a la
evaluación realizada por la Unidad de Asistencia Técnica para el
Desarrollo Industrial, considera que corresponde declarar de Interés
Nacional el proyecto de inversión presentado por la citada empresa,
consistente en la ampliación de la producción de vidrio plano y propone se
le concedan diversas medidas promocionales.

Considerando: de los asesoramientos recabados surge la conveniencia de
acceder a lo solicitado por Vicry S.A., puesto que el proyecto presentado
cumple con objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y de la ley  14.178
de Promoción Industrial, de 28 de marzo de 1974, al obtener mayor
eficiencia en la producción, colocar mano de obra disponible y lograr un
balance de divisas francamente favorable a través de la exportación.

Atento: a lo informado por la Unidad de Asistencia Técnica para el
Desarrollo Industrial, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido en la ley 14.178 de Promoción Industrial de 28
de marzo de 1974,

El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Declárase de Interés Nacional la actividad de la empresa Vicry S.A.,
según el proyecto de inversión presentado, de conformidad a la Ley de
Promoción Industrial 14.178 de 28 de marzo de 1974.
Referencias al numeral

2

   Exonérase, en forma total, a Vicry S.A. de recargos, incluso el mínimo,
tasas y derechos consulares, proventos y tasas portuarias, derechos
aduaneros y adicionales, Impuesto a las Importaciones o en su caso
Impuesto Aduanero Unico a la Importación y demás tributos que se apliquen
en ocasión de la importación de los equipos industriales, maquinarias y
sus partes así como los materiales necesarios para la construcción del
horno de fusión, incluidos en el proyecto.
Referencias al numeral

3

   Exonérase, en forma total, el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria
generado en ocasión de los créditos aplicados al financiamiento del
proyecto.

4

  El Ministerio de Industria y Energía, previo informe de la Unidad
Asesora, comunicará a los organismos competentes el listado de los bienes
objeto del numeral 2º de la presente resolución.

5

   A los efectos de la supervisión que debe realizar el Ministerio de
Industria y Energía, Vicry S.A., deberá presentar a la Unidad Asesora (Ley
14.178), la información que le sea solicitada, durante el lapso de cinco
años, computados a partir de la puesta en marcha del proyecto.

6

Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI -
HECTOR RIVIERE
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