Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por la Dirección General de
Recursos Naturales Renovables del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a los fines que se indicarán.
Resultando: I) Con fecha 7 de abril de 1988, la División Uso y Manejo del Agua solicita autorización para vender la publicación titulada "Elementos de Riego para Productores", realizada por dicha División, al precio de N$ 450.00 cada ejemplar, contando dicha publicación con 83 páginas, con papel similcote 120 gramos y carátula a dos tintas en papel similcote de 167 gramos;
II) La Dirección General de Recursos Naturales Renovables del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca elevó las actuaciones de conformidad;
III) Se recabó la opinión de la Dirección de Administración Financiera del citado Ministerio.
Considerando: conveniente habida cuenta de los informes favorables, proveer en la forma aconsejada por la División Uso y Manejo del Agua.
Atento: a lo preceptuado por el artículo 88 de la ley 13.782, de 3 de noviembre de 1969,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a la División Uso y Manejo del Agua del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a vender la publicación titulada
"Elementos de Riego para Productores", al precio de N$ 450.00 (son nuevos pesos cuatrocientos cincuenta) el ejemplar.