VISTO: El acuerdo de 27-XI-2003 celebrado entre el Ministerio de Economía
y Finanzas, de Transporte y Obras Públicas, de Defensa Nacional y la
Administración Nacional de Puertos por el que se convino la adopción de
medidas tendientes a mejorar la seguridad del transporte de cargas y
contenedores.
RESULTANDO: 1) Que en el mismo, también se dispuso dotar al puerto de
Montevideo de elementos tecnológicos que permitan la verificación e
inspección de cargas y vehículos de conformidad con la normativa vigente
a efectos de elevar los niveles de seguridad y lograr compatibilizarlos
con el programa CSI (Iniciativa de seguridad en materia de
contenedores).
2) Que la prestación de servicios portuarios eficientes y competitivos
constituye un objetivo prioritario para el desarrollo del país, siendo el
Poder Ejecutivo a quien compete el establecimiento de la política
portuaria según lo dispuesto en los arts. 1º y 7º de la ley No. 16.246.
3) Que la seguridad en el puerto de Montevideo adquiere enorme
trascendencia en tanto es la vía de entrada y salida del comercio
internacional, así como sustento de la economía nacional.
4) Que en tal sentido, corresponde disponer las medidas necesarias que
permitan la adquisición de la tecnología tendiente a fortalecer los
medios operativos de mejora de la seguridad en el puerto de Montevideo.
ATENTO: A lo expresado y a lo dispuesto en el art. 168-1º y 4º de la
Constitución de la República, ley 16.246 y D. 412/992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA:
RESUELVE:
Encomiéndase a la Administración Nacional de Puertos la adopción de
los procedimientos de contratacion tendientes a lograr el suministro de equipos de escaneo y prestación del servicio de inspección no intrusiva de
contenedores, carga o vehículos en el puerto de Montevideo, en las condiciones y modalidades que deberá establecer.
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen (procedimientos de contratación).