AUTORIZACION PARA LA EXPLOTACION DE UN SISTEMA DE TELECOMUNICACIONES MOVILES POR SATELITE. AEROMARINE S.A.




Promulgación: 16/03/1999
Publicación: 25/03/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 432
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales "AEROMARINE S.A" solicita
autorización para operar y explotar en el territorio nacional, un sistema
de telecomunicaciones móviles por satélite a través del sistema
ORBCOMM.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de
setiembre de 1998 (Número interno 76.879) y con la finalidad de lograr
una cooperación de los distintos actores en el campo de las
telecomuniaciones en general y en los sistemas globales de comunicaciones
personales satelitales en particular; se autorizó a la Dirección Nacional
de Comunicaciones a suscribir un "Memorándum de Entendimiento para
facilitar la libre circulación de terminales de usuario de
telecomunicaciones personales móviles mundiales por satélite"; lo cual se
efectivizó el 29 de setiembre de 1998.-

II) que el objeto del sistema satelital de referéncia es la provisión de
servicios de telecomunicaciones consistentes en la transmisión y
recepción de ráfagas de datos alfanuméricos en forma bidireccional, con
velocidades no superiores a los 9,6 Kbps., quedando excluida la
transmisión de mensajes hablados, todo lo cual queda comprendido en el
Servicio Móvil por Satélite.-

CONSIDERANDO: I) que se trata de un nuevo servicio de telecomunicaciones
no prestado en el país, cuya disponibilidad redunda en un beneficio para
la actividad productiva nacional.-

II) que conforme a lo informado por la Dirección Nacional de
Comunicaciones, desde el punto de vista técnico no existen inconvenientes
en que se autorice la operación del sistema ORBCOMM en nuestro país.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo preceptuado por el artículo 4to. del Decreto-Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por el
numeral 3) del artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de
1991.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a "AEROMARINE S.A" a operar y explotar en el territorio
nacional, un sistema de telecomunicaciones móviles por satélite a través
del sistema ORBCOMM.-

2

 Establécese que la Dirección Nacional de Comunicaciones determinará las
características de funcionamiento de los equipos radioeléctricos,
incluyendo la asignación de frecuencias radioeléctricas.-

3

 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de
Comunicaciones. Cumplido, oportunamente archívese.-

FERNANDEZ FAINGOLD - JUAN LUIS STORACE
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