CANCELACION DE AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. CW 145 RADIO ARAPEY. SALTO. SALTO




Promulgación: 22/02/2000
Publicación: 09/03/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 537
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por "REDALVE S.A."
permisionaria de la Difusora CW 145 Radio Arapey para que se deje sin
efecto el aumento de potencia otorgado a dicha Difusora.-

RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 483/998 (+) de 9 de
junio de 1998, se autorizó a la citada difusora un aumento de potencia de
1 Kilovatio en régimen diurno y 0.25 Kilovatios en régimen nocturno, a 2
Kilovatios en régimen diurno y 0.50 Kilovatios en régimen nocturno.-

CONSIDERANDO: I) que dicha difusora no ha procedido a llevar a cabo dicho
aumento de potencia y ha manifestado, que no va a hacer uso de la
ampliación de potencia autorizada por la referida Resolución.-

II) que en consecuencia, corresponde dejar sin efecto el referido
aumento, que oportunamente fue otorgado a su solicitud.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo establecido en el artículo 4to. del
Decreto-Ley 15.671 del 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por
el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y artículo
17mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

   Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo 480/998 de 9 de
junio de 1998, por la cual se autorizó un aumento de potencia a "REDALVE
S.A." permisionaria de la Difusora CW 145 Radio Arapey, manteniendo ésta,
la potencia original establecida por la Resolución del Poder Ejecutivo
238/992 de 28 de abril de 1992 de 1 Kilovatio en régimen diurno y de
0.25 Kilovatios en régimen nocturno.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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