VISTO: los diferentes planteamientos realizados por Consorcio Aeropuertos
Internacionales S.A., relacionados con la ejecución del Contrato de
Concesión de Obra Pública suscrito el 9 de diciembre de 1993.
RESULTANDO: I) que los hechos que determinaron una renegociación de las
condiciones del contrato fueron: a) la tardía desafectación del
Aeropuerto "El Jaguel", como aeropuerto internacional, efectuada por el
Decreto 163/999 de fecha 8 de junio de 1999; b) temas institucionales,
referidos a la competencia de autoridades, para realizar servicios
esenciales, entre ellos, control de Tránsito Aéreo, Meteorología,
delimitación del espacio físico de la concesión. Dichos temas fueron
resueltos por el Decreto 203/999 de fecha 13 de julio de 1999, cometiendo
a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DI.NA.C.I.A.), en su calidad de autoridad aeronáutica, el control y la
dirección del tráfico aéreo en el Aeropuerto Internacional C/C Carlos A.
Curbelo a cuyos efectos coordinará con el Comando General de la Armada la
delimitación del espacio físico que ocupa dicho aeropuerto y por la
Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 44.886 de 17 de febrero de
1999, se le cometió a la Dirección Nacional de Meteorología la
implementación, organización y supervisión del Servicio Meteorológico en
el referido Aeropuerto.
II) que la demora en la solución de los temas aludidos, afectó la
ecuación económica-financiera del contrato, al verse privado CAISA de
percibir ingresos por tasas aeroportuarias por diferentes servicios
(aterrizaje, operaciones nocturnas, embarque, rampa) y otros ingresos,
derivados de Duty Free Shop, estacionamiento de automóviles (parking) y
gastronomía.
III) que asimismo asumió inversiones y gastos que no estaban a su cargo
inicialmente, tales como, arrendamiento de coche bomba; contratación de
personal para pre-embarque; infraestructura y seguridad.
CONSIDERANDO: que luego de negociaciones llevadas a cabo entre las partes
las mismas han convenido en modificar las condiciones del contrato,
procurando el Estado -Ministerio de Defensa Nacional- reparar el
desequilibrio económico del concesionario en la explotación de los
servicios de la terminal aérea.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por el Grupo de
Trabajo creado para la renegociación de las condiciones del contrato.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Aprobar la modificación del Contrato de Concesión de Obra Pública
suscrito el 9 de diciembre de 1993, de acuerdo al proyecto que luce en Anexo de fs. 41 a 46 del Expediente del Ministerio de Defensa
Nacional 200106315-7, que forma parte de la presente Resolución. (*)