VISTO: la gestión promovida por la empresa "TANDIWAY S.A." ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la habilitación y
posterior inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios, para prestar servicios portuarios en el grupo "A la
Mercadería" en las categorías C) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E)
"Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en el
Puerto de Montevideo.
RESULTANDO: I) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en los artículos 14 y 18 del Decreto Nº 413/992 de 1º de
setiembre de 1992 "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios".
II) Que la Asesoría Notarial de la Administración Nacional de Puertos
manifiesta que la empresa TANDIWAY S.A. ha presentado ampliaciones de los
certificados notariales originalmente agregados a su solicitud,
constatando asimismo, la agregación de los montepíos notariales faltantes,
conforme a la normativa vigente.
III) Que la Unidad de Contralor de Prestación de Servicios Portuarios de
la citada Administración controló sin objeciones la documentación aportada
aprobando los requisitos presentados por la interesada.
IV) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de Directorio
Nº 410/3.443 de fecha 31 de octubre de 2007, se pronunció autorizando a
dicha empresa la prestación de los servicios solicitados, ad-referéndum de
su aprobación por el Poder Ejecutivo.
V) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Letrada, informe Nº 39/08 de 21 de enero de 2008) ambos del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas se expidieron al respecto sin
formular observaciones.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y el
citado Decreto Reglamentario Nº 413/992 de 1º de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos Nº 410/3.443 de fecha 31 de octubre de 2007, por la cual se
autorizó a la empresa "TANDIWAY S.A.", para prestar servicios portuarios
en el Puerto de Montevideo, en el grupo "A la Mercadería" en las
categorías C) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E) "Empresas
Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en el Puerto de
Montevideo, con la consiguiente inscripción en el Registro General de
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.