Visto: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional
de Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por IMPACTO S.R.L.,
permisionaria de CV 116, emisora de AM que opera en la frecuencia 1160
Khz., en la ciudad de Mercedes, Departamento de Soriano, por la cual
solicita un aumento de potencia diurna a 2,5 kilovatios.
Resultando: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 73.475 de 7 de
febrero de 1995, se autorizó la explotación de la frecuencia 1160 Khz.,
con una potencia diurna de 1 (un) kilovatio y 0,25 kilovatio en servicio
nocturno.
Considerando: que en el Acuerdo Internacional de la banda de AM RJ-81
(Río de Janeiro, 1981), la frecuencia 1160 Khz. figura con una potencia
diurna de 2,5 Kw y una potencia nocturna de 2 Kw.
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en el artículo
4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción
sustitutiva dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre
de 1991 y artículo 17mo. del decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y
a lo informado por la Dirección Nacional De Comunicaciones.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase a IMPACTO S.R.L., permisionaria de CV 116, emisora de AM,
que opera en la frecuencia 1160 Khz., un aumento de potencia diurna a 2,5
kilovatios.
Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales dentro del área de servicio de otras difusoras, o a otros
servicios radioeléctricos ya instalados, el interesado deberá cesar de
inmediato las transmisiones y tomar las medidas necesarias para su
eliminación.