El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la petición promovida por TEVECA S.R.L., solicitando el otorgamiento de una Licencia de Telecomunicaciones Clase B para la prestación del servicio de transmisión de datos, en el área geográfica donde opera con su licencia Clase D en Cerro Chato;
RESULTANDO: I) que el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022 dio nueva redacción al artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, no encontrándose vigentes las inhibiciones que motivaron la negativa a la anterior solicitud de la empresa (expediente administrativo 2021-71-1-0000611);
II) que resulta aplicable el artículo 11 del Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003;
CONSIDERANDO: I) que los informes de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y de la Asesoría Técnica de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) dictaminan que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos por la norma para conceder la licencia solicitada;
II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, comparte los dictámenes técnicos referidos sugiriendo otorgar la Licencia de Telecomunicaciones Clase B para la prestación del servicio de transmisión de datos, solicitada por TEVECA S.R.L.;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, el artículo 11 del Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Otórgase a TEVECA S.R.L., la Licencia de Telecomunicaciones Clase B para la prestación del servicio de transmisión de datos, en el área geográfica donde opera con su licencia Clase D.