Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del Sindicato de la Industria del Medicamento y
Afines, a fin de que se amplíe el beneficio de Seguro por Desempleo, que
abona el Banco de Previsión Social, a 18 (dieciocho), trabajadores de la
firma HERIX S.A.
RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la industria, ha determinado
el envío de parte del personal de la empresa al Seguro por Desempleo, que
permanece en estado de desocupación.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que ante la situación de los trabajadores, resulta conveniente
concederles una extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de
permitir se instrumenten medidas que posibiliten su reinserción laboral.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 18 (dieciocho),
trabajadores de la firma HERIX S.A. que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.
El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180,
de 20 de agosto de 1981.