El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por "American Express Bank (Uruguay) S.A.".
RESULTANDO: I) que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de "American Express Bank (Uruguay) S.A." de 3 de noviembre de 2003, se resolvió la disolución anticipada y liquidación de la misma.
II) que por Resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros de Banco Central del Uruguay de 20 de febrero de 2008, se resolvió inhabilitar para funcionar como institución de intermediación financiera a "American Express Bank (Uruguay) S.A" a partir de la fecha de dicha resolución.
CONSIDERANDO: que analizados los recaudos y los trámites cumplidos, el Banco Central del Uruguay, la Auditoría Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas concluyeron que no existen objeciones que formular.
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.322 de fecha 17 de setiembre de 1982, en la redacción dada por el artículo 2° de la Ley N° 16.327 de 11 de noviembre de 1992 y el artículo 6° de la Ley N° 17.613 de 27 de diciembre de 2002 y demás disposiciones concordantes y complementarias,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Revócase la autorización para funcionar como institución de intermediación financiera en la República Oriental del Uruguay a "American Express Bank (Uruguay) S.A." por cese voluntario de sus actividades.