VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por la
empresa "CONSORCIO CABLE VISION SAN JOSE", para que se le autorice a
cambiar el servicio TDH (Televisión Satelital Directa al Hogar), por un
sistema alámbrico (cable coaxial, fibra óptica u otro), para prestar el
servicio de televisión para abonados en la localidad de Raigón del
departamento de San José.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó a la empresa "CABLE COLOR MARAGATO S.A." y al
señor Gustavo Cersósimo a prestar el servicio de televisión para abonados
por la modalidad cable en la ciudad de San José del departamento
homónimo.-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1.213/997 de 18 de
noviembre de 1997, se autorizó a los precitados permisionarios a operar
en forma consorciada, constituyéndose el "Consorcio Cable Visión San
José".-
III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997, se autorizó a los permisionarios del interior del país a ampliar su
área de servicio hacia zonas rurales y centros poblados de baja densidad
de habitantes del departamento en que estuvieren operando, empleando
distintas tecnologías aptas para ello.-
IV) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de
1998, fueron aprobados los proyectos de expansión presentados en el marco
del precitado régimen de ampliación del área de servicio, por las
empresas consorciadas para comercializar la televisión satelital (TDH) en
la localidad de Raigón.-
CONSIDERANDO: I) que la administrada solicita el cambio de sistema de TDH
a "cable" para la prestación del servicio en la localidad de Raigón, del
departamento de San José.-
II) que no se ha otorgado en dicha localidad ningún permiso para prestar
el servicio de televisión para cable.-
III) que resulta conveniente y beneficioso para la población referida,
autorizar el cambio de tecnología en el suministro del servicio de
televisión para abonados, contribuyendo de esta manera a que se instalen
sistemas de comunicaciones en las localidades que carecen de ellos.-
IV) que no existen impedimentos para la implementación de un sistema
cable en la localidad de Raigón.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase a la empresa "CONSORCIO CABLE VISION SAN JOSE", a cambiar el
sistema TDH (Televisión satelital Directa al Hogar), por un sistema
alámbrico (cable coaxial, fibra óptica u otro), para prestar el servicio
de televisión para abonados en la localidad de Raigón del departamento de
San José.-
Otórgase un plazo de 60 días corridos a contar desde el siguiente al de
la notificación, para la presentación del proyecto técnico
correspondiente para su aprobación por la Unidad Reguladora de Servicios
de Comunicaciones.-
Establécese que la no presentación del mencionado proyecto dentro del
plazo establecido, hará operar en forma automática la revocación de la
autorización concedida.-