AUTORIZACION A INTERNATIONAL IRON COMPANY INC., COMO USUARIA DE ZONA FRANCA DE NUEVA PALMIRA




Promulgación: 04/10/1978
Publicación: 20/10/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 834
Visto: gestión promovida por la Dirección de Zonas Francas para que se
declara usuario de la Zona Franca de Nueva Palmira a la International Iron
Company Inc.

Resultando: I) Que está en los proyectos de la empresa, invertir la suma
de treinta millones de dólares americanos, para levantar una planta
industrial para elaborar ferromanganeso de alto carbono y ferroaleaciones
en cantidades tales que alcanzará a las 60.000 u 80.000 toneladas, cuando
el proceso industrial alcance su máximo desarrollo;

II) Que tan vasto plan industrial, obligará a la empresa -a sus expensas-
a construir altos hornos de fundición, talleres, depósitos y muelles que
permitan el embarque y descargas de materiales, amén de las instalaciones
eléctricas, agua potable y conexiones que sean menester para evitar la
polución;

III) Que para el cumplimiento de su fines, la empresa proyecta emplear un
mínimo de 115 personas en las condiciones establecidas en el artículo 4º
de la ley 14.498, de 19 de febrero de 1976;

IV) Que existe en la Zona Franca de Nueva Palmira, tierra en cantidad
suficiente para atender las necesidades de la empresa;

V) Que la gestión que se promueve, se inscribe en la política trazada por
el Gobierno;

VI) Que consultado el Ministerio de Industria y Energía, se pronunció a
través de su Unidad Asesora de Promoción Industrial en el sentido que
"interesa al Uruguay, la instalación de este tipo de empresa, por la
inversión que ingresa al país, la ocupación de mano de obra que genera y
la influencia que esta industria puede crear en el desarrollo industrial".

Considerando: lo establecido en el inciso b) del artículo 1º de la ley
14.498, de 19 de febrero de 1976.

Atento: a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía
y Finanzas,

 El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

    Autorízase a la firma International Iron Company Inc. para ser usuaria
de la Zona Franca de Nueva Palmira, a los fines de levantar una planta
industrial para elaborar feromanganeso de alto carbono y ferroaleaciones
en cantidades tales que alcance a las 60.000 u 80.000 toneladas cuando el
proceso industrial alcance su máximo desarrollo, quedando obligada al pago
de las prestaciones pecuniarias y lo servicios de naturaleza económica o
de cualquier otro carácter a que alude el artículo 7º de la ley 14.498, de
19 de febrero de 1978.

2

    La firma referida precedentemente, deberá invertir, a los fines
mencionados, la cantidad de treinta millones de dólares americanos, a
construir altos hornos de fundición, talleres, depósitos y muelles que
permitan el embarque y descarga de materiales, amén de las instalaciones
eléctricas, agua potable y conexiones que sean menester para evitar la
polución, así como emplear un mínimo de 155 personas en las condiciones
establecidas en el articulo 4º de la ley 14.498, de 19 de febrero de 1976.

3

Adjudícase a la International Iron Company Inc., la cantidad de 30 Hás. de
terreno en la ubicación y condiciones que acuerde con la Dirección de
Zonas Francas.

4

    Comuníquese, publíquese  y vuelva a sus efectos a la Dirección de
Zonas Francas.

   APARICIO MENDEZ - ERNESTO ROSSO
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