Exonérase en forma total a la firma Kambara Uruguay S.A. de recargos,
incluso el mínimo, impuesto a las importaciones, tasas y derechos
consulares, proventos y tasas portuarias, derechos de aduana y adicionales
y demás tributos que graven la importación del equipamiento, maquinarias y
herramientas que se detallan en los anexos adjuntos al proyecto (Artículo
8º, literales A) y D) de la ley 14.178 de Promoción Industrial. (*)